El Ministro de Agricultura radicó el martes el proyecto de Ley de Reforestación Comercial que busca darle el marco jurídico necesario a esta actividad agrícola.

Por cuarta vez, en los últimos cinco años, el Gobierno radicó ayer un nuevo proyecto de Ley Forestal, que busca darle un norte a este tema y, además, un parte de tranquilidad y seguridad jurídica a los inversionistas y actores de la cadena forestal. Además, la Ley le hará modificaciones al Certificado de Incentivo Forestal (CIF) en busca de una mayor competitividad para el sector forestal comercial.

En octubre pasado la Corte Constitucional declaró inexequible la Ley 1377 (de reforestación comercial) por vicios de forma; la entidad alegó que el Gobierno no dio a conocer el decreto 4906 de 2009, por el cual convocó al Congreso a las sesiones extraordinarias en las cuales se votó y aprobó la citada Ley. «El gremio ve con satisfacción como el Gobierno busca darle seguridad jurídica a los inversionistas de proyectos forestales», dijo Alejandra Ospitia, directora de la Federación Nacional de Industriales de la Madera (Fedemaderas). Entre los aspectos que toca el nuevo proyecto de Ley, se destaca la obligatoriedad de registrar ante la autoridad las nuevas áreas que se siembren con especies forestales; una vez hecho este proceso, se le asignará un número de identificación tributaria (NIT). Estas nuevas plantaciones no requerirán de permisos de las autoridades ambientales, lo mismo que los caminos o carreteables necesarios para adelantar el aprovechamiento de las plantaciones.

También, el proyecto define las áreas donde pueden ponerse en marcha proyectos forestales, exceptuando las áreas definidas como bosques naturales, áreas de manejo especial, conservación o protección, lo mismo que en ecosistemas sensibles, como páramos, manglares y humedales. Para la movilización de la madera extraída de las explotaciones, los transportadores deberán portar copia del registro y el original de la remisión de movilización, que expida el Ministerio de Agricultura o la entidad delegada.

En cuanto a la financiación de los proyectos, la Ley prevé un ajuste a la reglamentación para los créditos de redescuento que, a través del sistema financiero, ofrece el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario (Finagro).

Por último, con referencia a los subsidios que se entregan a los nuevos proyectos forestales, el llamado Certificado de Ingreso Forestal (CIF), se dispone que no podrá concederse por más de una vez sobre la misma área registrada y sólo se dará previo a la aprobación de un ‘Plan de Establecimiento y Manejo Forestal’, que dará el Ministerio de Agricultura o la entidad delegada.

extraido de: portafolio.co

http://www.portafolio.co/negocios/cuarto-intento-la-ley-forestal