Naciones Unidas

Nueva York, 2010

 

Prólogo

 

En todo el mundo —tanto en los paises ricos como en los pobres— las mujeres son victimas de maltrato, trata de personas, violaciones y asesinatos. Estos abusos de los derechos humanos no solo infligen graves danos y sufrimiento a las personas; tambien desgarran sociedades enteras.

 

El mundo esta respondiendo. Estamos asistiendo a un creciente impulso mundial para poner freno a la violencia contra las mujeres. En 2008, el Secretario General puso en marcha una campana internacional multianual titulada “UNidos para poner fin a la violencia contra las mujeres” que anima a todos los aliados a unir fuerzas para eliminar esta lacra. La campana reconoce el imperio de la ley: uno de sus cinco objetivos esenciales es que antes de 2015 todos los paises adopten y cumplan las leyes nacionales que regulan y castigan todas las formas de violencia de ese tipo, de conformidad con las normas internacionales en materia de derechos humanos.

 

Este Manual de legislación sobre la violencia contra la mujer, elaborado por el Departamento de Asuntos Economicos y Sociales/Division para el Adelanto de la Mujer, tiene por objeto ayudar a los Estados y a otras partes interesadas a mejorar o a promulgar leyes que protejan a las mujeres. Considero los contenidos de este Manual altamente recomendables y agradezco a los miembros del Grupo de Expertos su valioso trabajo para elaborar el informe en el que se basa el Manual.

 

Las recomendaciones que contiene en el marco modelo para la legislacion en materia de violencia contra las mujeres constituyen una util herramienta de apoyo a las iniciativas encaminadas a proporcionar justicia, ayuda, proteccion y soluciones juridicas a las victimas y a responsabilizar a los autores de tales actos. Los comentarios que acompanan a las recomendaciones destacan ejemplos alentadores de leyes al repecto en todo el mundo.

 

En los dos ultimos decenios, muchos Estados han adoptado legislacion o mejorado la existente para evitar la violencia contra las mujeres y responder a ella. La legislación criminaliza cada dia mas esa violencia, garantiza el enjuiciamiento y el castigo de quienes la cometen, empodera y presta apoyo a las victimas y refuerza la prevencion. Ademas, las victimas tambien se benefician de las soluciones juridicas en materia civil.

 

Sin embargo, siguen existiendo lagunas considerables en los marcos juridicos. Los Estados de todo el mundo siguen sin estar a la altura de sus obligaciones y compromisos internacionales para evitar y abordar la violencia contra las mujeres. Todavia hay demasiados criminales que no han rendido cuentas por los delitos que han cometido.  Persiste la impunidad y durante el proceso judicial las mujeres sufren una nueva victimizacion.

 

Una legislacion amplia proporciona la base para una respuesta de conjunto y efectiva. Esa legislacion debe cumplirse y supervisarse de forma coherente y deben asignarse recursos suficientes para abordar el problema. El personal y los funcionarios que trabajan en este ambito deben tener la instruccion, capacidades y sensibilidad necesarias para aplicar el espiritu y la letra de la ley. Las leyes deben sustentar una iniciativa concertada que incluya educacion, concienciacion y movilizacion de la comunidad. Asimismo, deben contribuir a luchar contra actitudes y estereotipos discriminatorios, e informar la investigacion y la estructura de conocimientos necesarios para apoyar el desarrollo de politicas.

 

Espero sinceramente que este Manual de legislación sobre la violencia contra la mujer contribuya en la mayor medida posible a la plena materializacion de los objetivos de la campana del Secretario General “UNidos para poner fin a la violencia contra las mujeres”. 

Asimismo, lo recomiendo a los encargados responsables de la formulacion de politicas interesads y a toda persona que dondequiera que sea le preocupen de estas cuestiones.

 

Asha-Rose Migiro

Vicesecretaria General

Naciones Unidas

Julio de 2009

 

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