Les informamos que tendremos la tercera reunión de concertación con el MIJ en el marco de la Consulta Previa por la construcción y funcionamiento de la carcel en territorios ancestrales afrodescendientes en Jamundí.
 
Esta la carta que enviamos los consejos comunitarios en respuesta a la propuesta que el MIJ hace a partir del Plan de Bienestar Comunitario que presentamos como reparación a los impactos que trae y traera la carcel a la vida de las comunidades.

Jamundí, Valle del Cauca, Julio 15 de 2009

Doctor:
MIGUEL CEBALLOS.
Viceministro de Justicia
Ministerio del Interior y de Justicia
Bogotá

Asunto:        RESPUESTA DE LAS COMUNIDADES DE BOCAS DEL PALO Y SAN ISIDRO, A LA  PROPUESTA DE ACCIÓN INTERINSTITUCIONAL DEL GOBIERNO FRENTE AL PLAN DE BIENESTAR COMUNITARIO DE LAS COMUNIDADES DE BOCAS DEL PALO Y SAN ISIDRO.

Doctor Ceballos;

En la revisión colectiva que realizamos del documento referenciado, constatamos que el gobierno nacional continúa tratando a los/as afrodescendientes y sus comunidades como ciudadanos/as de tercer nivel, nos sentimos TOTALMENTE IRRESPETADOS/AS al encontrar que las intenciones del gobierno evidenciadas el sábado 11 y ratificadas en el documento, no responden en lo más mínimo a los requerimientos y exigencias de las comunidades plasmadas en el Plan de Bienestar Comunitario.

Para precisar nuestra indignación por el trato que se nos esta dando nos permitimos precisar algunos elementos:

1.    Las comunidades de Bocas del Palo y San Isidro son territorios ancestrales de comunidades afrodescendientes, lo que trae consigo particularidades en el trato de estas comunidades a partir del reconocimiento de Colombia como un Estado multiétnico y pluricultural y el establecimiento de una legislación especial para comunidades negras.
2.    Estamos en el marco de la Consulta Previa, derecho fundamental que tenemos como grupo étnico y que se consagra en el decreto 1320 del 1998 como desarrollo de la Ley 70 de 1993, la ley 99 de 1993 y la ley 21 de 1991 que ratifica el convenio 169 de la OIT. Que le recordamos no se realizó en el momento que exige la ley, ya que actuando en derecho debió implementarse antes de iniciar la obra, por eso se llama Consulta Previa.  
3.    Se ha venido configurando una violación sistemática de los derechos de las comunidades afrodescendientes de Bocas del Palo y San Isidro desde el inicio de la obra cuando no se reconoció la presencia de Comunidades Afrodescendientes, lo que conllevó a que no se procediera a realizar la correspondiente Consulta Previa.

Como reza en la Constitución Política, el Estado colombiano es garante del cumplimiento de la ley y del goce de los derechos de todos/as los ciudadanos, el contrato social es que el Estado colombiano PROTEGE a sus ciudadanos/as. Lo que hemos venido encontrando en este proceso es que el mismo Estado en cabeza del gobierno nacional, contrario a sus obligaciones, ha sido el primero en violar los derechos de las comunidades,  actuado de manera ilegal y pasando por encima de las comunidades desconociendo sus derechos.

Como lo planteamos anteriormente estamos en el marco de la Consulta Previa que tiene entre sus objetivos principales REPARAR los impactos que cualquier proyecto trae a las comunidades afrodescendientes e indígenas, a partir de la visión y autonomía de los consejos comunitarios como autoridad territorial ancestral de los afrodescendientes. En ese sentido queremos que quede absolutamente claro que no estamos en el escenario en que el gobierno nacional va a desarrollar sus políticas programas y proyectos y acciones que por OBLIGACIÓN tiene que desarrollar en cualquier parte del territorio nacional, donde se construyan o no proyectos y al cual tenemos derecho como colombianos/as.  

En el escenario en el que nos encontramos es que Ministerio del Interior y de Justicia desarrolla un proyecto que traerá fuertes impactos que cambiarán radicalmente y por siempre la vida de las comunidades de San Isidro y Bocas del Palo en todos los niveles de su existencia: en la dinámica cultural, en los aspectos sociales, económicos, ambientales, etc. Y por ese hecho el MIJ como dueño del proyecto tiene la obligación legal, moral y ética de REPARAR esos daños causados y que seguirá causando.

Es por esto que las comunidades de San Isidro y Bocas del Palo realizamos un trabajo serio y juicioso que implicó la participación de niños/as, jóvenes y adultos en el cual se identificaron 35 impactos (34 negativos, 1 positivo) y establecimos una fundamentación jurídica, cultural y ética que enmarca y orienta el derecho a la REPARACIÓN  de estos impactos y que implicará el REDISEÑO  de nuestras comunidades en tanto se nos impone una cárcel de máxima y mediana seguridad en el que la población de sus reclusos llega casi a triplicar la población total de los dos corregimientos.

El Plan de Bienestar comunitario tiene como finalidad fundamental ser una herramienta concreta para desarrollar acciones integrales, autónomas, serias y planificadas para el fortalecimiento de la comunidad y el mejoramiento de sus condiciones de vida y frenar la lógica a la que hemos sido sometidos históricamente los afrodescendientes de ver pasar el “desarrollo” antes nuestros ojos y nosotros/as seguir en condiciones de marginalidad, exclusión y pobreza.  Siendo el consejo comunitario la autoridad en el territorio ancestral afrodescendiente, son estos quienes orientarán y coordinará todo lo relacionado con el Plan de Bienestar Comunitario.

Teniendo en cuenta todas las consideraciones anteriores tomamos como un insulto a nuestra inteligencia y a nuestra dignidad lo que el gobierno responde a nuestro Plan de Bienestar Comunitario. Por esta razón exhortamos el Ministerio del Interior y de Justicia como dueño del proyecto que asuma su responsabilidad, estudiando detenidamente nuestro Plan de Bienestar Comunitario y en la próxima reunión nos responda acorde al mismo, entendiendo sus intencionalidades, alcances e integralidad.

Cordialmente;

ADELINA VAZQUEZ.                                          RIGOBERTO LUCUMI.
Representante Legal Consejo Comunitario         Representante Legal Consejo Comunitario.
Corregimiento Bocas del Palo.                          Corregimiento San Isidro

Copia.    Procuraduría General de la Nación.
             Defensoría del Pueblo.
             Comisión de derechos humanos del Senado.
             Foro Nacional por Colombia
             Corporación Transparencia. Capítulo Colombia
             Organizaciones nacionales e internacionales defensoras de derechos humanos.
             Archivo.