Enero 10, año del Bicentenario de la Independencia. “…Es tiempo de reparaciones históricas”

Los derechos al desarrollo en el marco de los elementos de nuestra cultura autónoma, la participación y la consulta previa están reconocidos por la constitución y la ley. Queremos alertar sobre lo siguiente:

• La Comisión de Estudios para la formulación del Plan de Desarrollo de las Comunidades Negras ordenada por el artículo 57 de la Ley 70 de 1993, fue integrada en el marco de la Comisión Consultiva de Alto Nivel en la que no estaban representados 19 de los departamentos del país. La Comisión de Estudios, integrada con retraso frente a lo dispuesto por la Ley 70 de 1993, no tuvo los recursos para adelantar las actividades que permitieran la participación de las comunidades en la formulación del Plan de Desarrollo para Comunidades Negras. A la fecha no se conoce la versión de la propuesta elaborada por esta Comisión.

• El Gobierno Nacional y el Espacio Nacional de Consulta Previa acordaron una ruta para la consulta del Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022. Por innumerable problemas logísticos y administrativos, esta ruta y las actividades acordadas en la misma no se han realizado aún y no es claro cuando se desarrollan las actividades regionales contempladas en dicha consulta previa y si esta se limitará exclusivamente a el capítulo étnico del Plan Nacional de Desarrollo 2018 -2022 o a la totalidad del mismo y a los impactos que las distintas políticas contenidas en este tendrán sobre la identidad cultural y el conjunto de los derechos del Pueblo Negro en Colombia?.

Ambas situaciones son una muestra más del patrón reiterado de violaciones a los derechos a la participación, la consulta y el desarrollo del Pueblo Negro en Colombia. En 25 años de promulgada la Ley 70 de 1993 se han formulado 5 planes nacionales de desarrollo para las comunidades negras sin que ninguno de ellos se haya implementado por falta de recursos; los compromisos de la consulta previa del Plan Nacional de Desarrollo 2010 – 2014 no fueron cumplidos. En 2014 no hubo Plan Nacional de Desarrollo para Comunidades Negras y tampoco Consulta Previa del PND 2014 – 2018, y los artículos que finalmente se incluyeron, tampoco fueron en su mayoría cumplidos.

La situación actual, que incluso llevó a que integrantes del Espacio Nacional de Consulta Previa tuvieran que tutelar al Ministerio del Interior y al Departamento Nacional de Planeación (DNP), además de ser el resultado al incumplimiento de la sentencia T-823/2012, precariza mucho más el derecho a la Consulta Previa Libre e Informada en tanto que esta podría terminar realizándose a las carreras y sin el cumplimiento de los estándares nacionales e internacionales.

Para presionar a que se den las garantías políticas y logísticas para la inclusión participativa de los componentes del pueblo negro en el Capítulo Étnico del Plan de Desarrollo 2018 – 2022, la realización de la Consulta Previa con el Pueblo Negro y para que esta sea sobre el conjunto del Plan Nacional de Desarrollo, usted puede comunicarse inmediata y urgentemente con la Ministro del Interior Nancy Patricia Gutiérrez (+57 315 3357724) y/o el Viceministro de Participación Juan Carlos Soler (+57 314 4130850).

PROCESO DE COMUNIDADES NEGRAS EN COLOMBIA – PCN»