Bogotá octubre 29 de 2014

 

Doctor

Doctor Danilo Valbuena Ussa, 

Procurador Delegado para los derechos Humanos y Minorías Étnicas

Ciudad 

 

Asunto: Derecho de Petición ante irregularidades del concurso especial docentes etnoeducadores fase entrevista.

 

1. La Comisión Pedagógica Nacional, la cual preside el Ministerio de educación Nacional, ha venido trabajando y concertando con las comunidades Negras Afrocolombianas Raizal y palenquera para la realización del concurso especial a docentes etnoeducadores.

 

2. En este escenario se definieron las formas de concertación y de seguimiento en la medida que inicialmente se creó la subcomisión de concurso, la cual participó activamente conjuntamente con el Ministerio de educación y la Comisión Nacional del Servicio Civil, en la construcción transparente y pertinente de todas las acciones propias para llevar a feliz término el mencionado concurso.

 

3. En cada una de las convocatoria a reuniones en que se desarrolló el tema del concurso especial a docentes etnoeducadores se contó con la presencia de la Comisión Nacional del Servicio Civil, quien en todas las instancia reconoce la validez y pertinencia de la comisión pedagógica Nacional y de sus comisionados y la obligatoriedad de la concertación de cada momento y estrategia prevista para el desarrollo transparente del concurso.

 

4. En la actas de la sesión XXI del 17, 18 y 19 de enero de 2011, la sesión XXII del 11 y 12 de agosto de 2011, la sesión XXIII de noviembre 29 y 30 de 2011 (realizada en el Departamento de la Guajira), la sesión XXIV de agosto 28 Y 29 de 2012, la sesión XXV de julio 9 de 2013, demuestran claramente las concertaciones realizadas de los procedimientos y las aprobaciones para que se diera apertura al concurso especial de docentes etnoeducadores, en cumplimiento de lo establecido la Ley 115 de 1994, el Decreto Reglamentario 804 de 1995, el Decreto 3323 de 2005 y Decreto 140 De 2006, el decreto 3446 de 2007 y con especial atención el convenio 169 de la OIT.

 

5. En la sesión XXVI de agosto 15 y 16 de 2013 particularmente, se aprobó concertadamente la  ́ ́RUTA DE TRABAJO PARTICIPATIVO para la construcción del protocolo de entrevista en el cual se evidenció el objeto de la propuesta, el marco normativo e institucional, el marco general de la ruta de trabajo participativo, el cronograma de trabajo participativo, el seguimiento y la evaluación del proceso de concurso.

 

6. En la sesión XXVII, de septiembre 16, 17 y 18 de 2013 realizada en la ciudad de Valledupar, en la cual asistió el comisionado José Elías Acosta Rosero, y el Dr. Ernesto Salazar Sánchez, como coordinador del concurso docente por parte de la comisión Nacional del Servicio Civil, quedó aprobado el protocolo 

 

HECHOS

del concurso el cual establece con claridad la forma como se desarrollará la fase de la entrevista, los perfiles de los profesionales jurados entrevistadores en el concurso especial de méritos de Etnoeducadores Negros, Afrocolombianos raizales, Palenqueros cuyos currículos eran propuestos por la Comisión Pedagógica Nacional para ser contratados por la Universidad que realice la aplicación de la prueba acorde a los procedimientos establecidos por los Decretos 3323 de 2005 y 140 De 2006.

 

7. La Comisión Pedagógica Nacional (integrada por los representantes de las comunidades negras, y el Ministerio de Educación Nacional), entregaron oportunamente los currículos de los jurados entrevistadores en pleno cumplimiento de los acuerdos establecidos y las normas existentes.

 

8. La Universidad Contratada y la Comisión Nacional del Servicio Civil, ignoraron por completo la disposiciones establecidas tanto en el protocolo de entrevista como las disposiciones normativas existente sobre el particular, habiendo clara violación de los acuerdos establecidos entre el Ministerio de educación Nacional y los representantes de la comunidades negras, Afrocolombianas, Palenqueras y raizal. 

 

9. La Universidad Contratada (Universidad de la Sabana) en medio de la flagrante violación de los derechos de las comunidades negras, además de no establecer comunicación con el Ministerio de Educación Nacional quien es el enlace con las comunidades, de manera irresponsable desconoció los perfiles establecidos en el protocolo de entrevista, y de igual forma ignoró por completo los currículos presentados por la Comisión Pedagógica Nacional, y decidieron unilateralmente vincular jurados sin el pleno cumplimiento de los requisitos, y desconociendo a plenitud el enfoque diferencial, El derecho a la igualdad, la participación, las decisiones asumidas y los espacios de concertación; hasta el punto de que hoy el MEN desconoce totalmente el cronograma establecido, las personas vinculadas que ya han contratado.

 

10. La Universidad de la Sabana de manera unilateral tomó la decisión de elaborar el protocolo de estudios de casos que deberían ser aplicados en la prueba a los docentes citados a entrevista, por fuera de las intencionalidades del enfoque diferencial en el tema educativo y del desarrollo de los proyectos etnoeducativos concertados con el MEN, tal y como estaba concertado en el protocolo de entrevista.

 

11. Aquí queda evidente también la violación clara al convenio 169 de la OIT el cual establece e sus dos postulados básicos: el respeto de las culturas, formas de vida e instituciones tradicionales de los pueblos y la consulta y participación efectiva de estos pueblos en las decisiones que les afectan. garantizando el derecho de los pueblos a decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural y que es vinculante para Colombia como como país firmante de este convenio, que pertenece de igual forma la bloque de constitucionalidad.

 

12. Un acto que evidencia la clara violación de las normas y los compromisos establecidos es el hecho de que a la fecha ya han realizado la fase de entrevista en los departamentos de San Andrés y Providencia y Chocó, tal y como informado en la reunión sostenida el día 28 de octubre en la instalaciones de la Comisión Nacional del Servicio Civil, en presencia del MEN y los representantes de las comunidades negras. Hecho que consideramos como una falta grave de la Universidad, quien de manera beligerante asumió tal situación y no conforme con ello, no procedieron a dar las explicaciones ni muchos a solucionar la actuación irregular realizada.

 

PETICIONES

 

1. Solicitamos que la Procuraduría ordene a la Comisión Nacional del Servicio Civil la suspensión temporal el desarrollo de la Fase de la entrevista hasta tanto se ajuste al protocolo de entrevista presentado y aprobado y a las normas establecidas sobre el particular citado en los hechos.

 

2. Solicitar que la Comisión Nacional del Servicio Civil, y la Universidad Contratada (Universidad de la Sabana) tengan en cuenta de manera obligada el enfoque diferencial y los escenarios de participación y concertación con las comunidades, en la cual deben respetar las normas establecidas.

 

3. Solicitar a la Comisión Nacional del Servicio Civil, y la Universidad Contratada (Universidad de la Sabana), entreguen formalmente toda la documentación prevista para el desarrollo de la fase de entrevista (Cronograma por Regiones y departamento, listado oficial de entrevistadores, número de docentes citados a entrevistas, ubicación de los mismos, condiciones de movilidad y de contratación de los jurados entrevistadores, valores o pagos establecidos para este proceso entre otras, y toda la que de aquí se desprenda), la cual hasta la presente no ha sido entregada ni al MEN ni a las delegadas por las comunidades.Para respuesta a la petición, se tienen las siguientes direcciones:

Rosalba Castillo Viveros calle 7 Norte No 1N-30 Cali. Barrio Centenario, 

Correo electrónico rosacv2003@yahoo.com

Farides Pitre Redondo. Calle 24 No 13-41 Riohacha La Guajira. Barrio Los Remedios. Correo electrónico faridespitre@yahoo.com

Rosalba Castillo Viveros Farides Pitre Redondo

Copia. 

Patricia Luna Defensoría asuntos étnicos

Ministerio del Interior, dirección de comunidades Negras.

Comisionadas de seguimiento al concurso Especial Etnoeducativo