Consejo Comunitario AfroRenacer del Micay.

 

El consejo comunitario AfroRenacer del Micay amparado bajo la ley 70 de 1993 y el decreto 1745 de 1995 denuncia públicamente que en el territorio del consejo específicamente en las veredas de Honduras y Betania, han estado sin autorización de la comunidad y de la autoridad del consejo comunitario seis retroexcavadoras realizando minería ilegal para la extracción de oro, en el cual por los malos manejos y controles para las personas que varequean en estas minas se perdió la vida de Jesús Arbey Torres y de la cual la comunidad exige que exista una responsabilidad frente a su muerte.

Por otro lado se ha generado un impacto ambiental irreversible en el río y en el territorio, los cuales se han sido denunciados por parte de la comunidad, uno de ellos es la muerte de más de 4 arrobas de peces del río y de la utilización indiscriminado de azogue elemento altamente toxico para la fauna y la vida de las comunidades afrocolombianas.

Ante estos hechos y las gravedad de la problemática de la minería ilegal la asamblea extraordinaria del consejo comunitario celebrada los días 23 y 24 de agosto del presente año en la vereda Honduras resuelve que:

1.  No permitir la minería mecanizada al interior del territorio porque va en contravía de las aspiraciones culturales de las comunidades negras en general y de las comunidades negras del consejo comunitario AfroRenacer del Micay.

2.  Que las máquinas que están ubicadas en la jurisdicción de las veredas de las comunidades de Honduras y Betania que integran el consejo comunitario AfroRenacer del Micay deben salir del territorio y que para ello se les da un periodo de 15 días.

3. Notificarle  a las autoridades ambientales ya sea corporación autónoma regional del cauca (CRC), Ministerio del Medio Ambiente,  a la Agencia Nacional Minera de la presencia de minería ilegal en el territorio del Consejo Comunitario para que se tomen carta en el asunto e impida la destrucción  de los territorios y los recursos naturales.

4. Notificarle a la Fiscalía y a la policía nacional aprestarse   a identificar a los propietarios de las maquinarias y judicializar si están cometiendo los ilícitos como lo están haciendo.

5.  La fiscalía y la policía deben entrar y decomisar  o quemar las máquinas que están en el  territorio para evitar que se trasladen a otro territorio a destruir el medio natural haciendo cumplir el Decreto 2235 de 2012.

6.  Notificar a la defensoría  y al  sistema de naciones unidad para que hagan el acompañamiento para la vida y protección de los líderes del consejo comunitario ante la determinación que en esta resolución aparece.

Dado en la vereda Honduras Consejo Comunitario AfroRenacer del Micay, a los 24 días del mes de Agosto de 2014